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Participación Ciudadana

Para nuestro hospital la participación de su comunidad usuaria es un componente estratégico en el desarrollo de su gestión. Su Consejo Consultivo de Usuarios (CCU) es de larga data y su origen se remonta al 5 de abril de 2005 (Resolución N°487), en conformidad al artículo 25 D de la Ley N°19.937, publicada en el Diario Oficial en febrero de 2004.

“Artículo 25 D.- Existirá un Consejo Consultivo de los Usuarios, el que estará compuesto por 5 representantes de la comunidad vecinal y 2 representantes de los trabajadores del establecimiento. El Consejo Consultivo tendrá la función de asesorar al director del establecimiento en la fijación de las políticas de éste y en la definición y evaluación de los planes institucionales. Asimismo, en el primer trimestre de cada año, el Director presentará al Consejo Consultivo el plan de actividades a desarrollar por el establecimiento durante el año, así como la cuenta pública anual del mismo. Un reglamento determinará las materias, integrantes y procedimientos que correspondan para el correcto desarrollo de las tareas que competan al Consejo Consultivo”.

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Antecedentes sobre Participación Social en Salud

A principios de la década del setenta, en América Latina la participación era vista como un medio para movilizar recursos propios y mejorar las condiciones de salud, pero bajo un paradigma en el cual los usuarios de los sistemas de salud solo debían colaborar con las iniciativas propias de las instituciones. Esta cuestión se transforma desde mediados de los años setenta y el hito fundamental de dicho cambio es la reunión de Alma Ata (1978), instancia que define a la participación en salud como el control y la toma de decisiones por parte de la comunidad, y en tal sentido como la piedra fundamental de la estrategia de Atención Primaria de Salud (APS). Esta estrategia plantea la necesidad de extender la atención de salud a todos los habitantes del planeta (recordemos la meta de la OMS, “Salud para todos en el año 2000”) y para lo cual era preciso encontrar mecanismos que permitieran hacerlo a bajo costo. Por ello el Modelo APS resultó ser el más efectivo ya que por un lado resolvía en el nivel primario, y por lo mismo a bajo costo, gran cantidad de problemas de salud, y por el otro integraba a la comunidad al trabajo en los centros de atención, responsabilizándola de los logros, pero también de los desaciertos, requiriendo de su trabajo en caso de no contarse con los recursos necesarios.

El modelo APS se consolida en los años ochenta, con el fortalecimiento de los sistemas locales de salud que trabajan en base a la estrategia de atención primaria en el marco de la transformación de los sistemas nacionales de salud. En 1986 se realiza la primera Conferencia Internacional de Promoción de la Salud en Ottawa, que establece los principios básicos de su implementación para fortalecer la estrategia de atención primaria. Desde Ottawa las directrices de la promoción de la salud se han ido profundizando, implicando cambios en el enfoque de la atención en salud (con entrega de autonomía y poder a los usuarios) y compromisos de varios países para la introducción de sus premisas fundamentales: la participación social y la intersectorialidad.

En nuestro país, en 1995 se inicia la creación de instancias de participación denominadas genéricamente Consejos de Desarrollo en los centros de salud, como instancias asesoras de la dirección de los establecimientos en aspectos vinculados con la gestión y que desarrollan funciones de tipo informativo, propositivo, promotor, consultivo, evaluativo y decisorio.

Posterior a la Ley 19.937, la política sectorial para la Participación Ciudadana en Salud tiene como antecedente el marco entregado por la Agenda Pro Participación Ciudadana desarrollada durante el primer mandato de la ex Presidenta Michelle Bachelet, la cual fue dada a conocer el 29 de septiembre del 2006 y cuyos ejes programáticos fueron:

Derecho Ciudadano a la Información Pública

Gestión Pública Participativa

Fortalecimiento de la Sociedad Civil

No Discriminación y Respeto a la Diversidad

De esta forma se buscaba fortalecer la generación de condiciones institucionales, estableciendo procedimientos y aplicando instrumentos programáticos orientados a incorporar la participación ciudadana en la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas. El objetivo era institucionalizar prácticas regulares de inclusión de la ciudadanía.

La resolución exenta Nº19 del 13 de enero de 2009 tiene como objetivo la coordinación del sector para dar cumplimiento al Instructivo Presidencial Nº008 del 27 de Agosto del  2008 que mandata la creación del Comité de Trabajo Sectorial de Participación Ciudadana en Salud; cuyas tareas fueron coordinar, dirigir, monitorear y evaluar el proceso de implementación en ambas Subsecretarias y en los organismos autónomos.

Con fecha 2 de abril de 2009 el Ministerio de Salud estableció una norma general de participación ciudadana (Resolución exenta nº 168). Este oficio plantea que se debe aplicar también en el Fondo Nacional de Salud, la Superintendencia de Salud, Central de Abastecimiento e Instituto de Salud Pública.

Posteriormente, la Ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la gestión pública, institucionaliza la Participación Ciudadana en el País, cuya misión establecida por Ley es, “Fomentar la participación ciudadana para promover una cultura de corresponsabilidad, fortaleciendo los espacios de comunicación entre el gobierno y la ciudadanía, aumentando la transparencia, eficacia, eficiencia y efectividad de las políticas públicas”.

La importancia de este instrumento legal radica en que traza y organiza los principales lineamientos gubernamentales en la temática y compromete a los órganos de la Administración del Estado a implementar acciones en materia de participación ciudadana, en un ambiente de corresponsabilidad, entendida como la relación de compromiso mutuo que se establece entre el Estado y la ciudadanía, para avanzar en pos del mejoramiento de los servicios que este entrega a la ciudadanía.