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5 de Junio de 2025

RENOVACIÓN DE INTEGRANTES COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD HEP

Tras el proceso eleccionario desarrollado los días 27, 28 y 29 de mayo, nuestro establecimiento renovó la nómina de representantes que integran este organismo bipartito cuyo objetivo es promover la prevención de riesgos profesionales en el lugar de trabajo.

Los comicios se desarrollaron a través de una mesa de votaciones que itineró entre dos locaciones (acceso a edificio hospitalizados y casino); para posteriormente trasladarse en versión móvil por las distintas áreas y servicios del establecimiento, facilitando la votación de las y los integrantes de nuestros equipos.

Como resultado del ejercicio salieron electos como representantes titulares de los trabajadores: Ana María Valenzuela Maturana (Central de Esterilización), con 192 votos; Mario Suazo Vilches (Recursos Físicos), con 141 votos y Julio Sanchez Sanchez (Imagenología), con 121 votos.

En tanto y por parte del establecimiento fueron designados como representantes titulares del hospital: Pamela Salas Quinchel (Gestión Usuaria); Evelyn Fernández Subiabre (Seguridad) y Catalina Guzmán Rivera (Kinesiología).

En cuanto a los representantes suplentes, por parte de los trabajadores fueron designados: Pablo Guajardo Guerra (Unidad de Proyectos), Stephanie Moreno Sosa (Central de Esterilización) y Ana María Castro Álvarez (Unidad de Paciente Crítico – UPC). Como representantes suplentes institucionales del Hospital, se encuentran: Marcelo Donoso Huerta (Unidad de Recursos Humanos), Manuel Cisterna Carrasco (Recursos Físicos) y María Paz Salazar Lira (Unidad de Tratamientos Intermedios Médicos – UTIM).

Funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad

  • Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
  • Vigilar el cumplimiento tanto por parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
  • Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
  • Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador o no.
  • Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.
  • Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
  • Promover la realización de cursos de capacitación profesional para los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.

Conoce más sobre los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad en el siguiente link: https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/comites-paritarios

San Bernardo, 5 de junio 2025.